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Ejercicio de la Abogacía sin Licencia (UPL, en inglés)

El Tribunal Supremo de Florida estableció el programa de ejercicio de la abogacía sin licencia (UPL) para proteger al público de los daños causados por personas sin licencia que ejercen la abogacía.

Información al consumidor: El Tribunal Supremo de Florida ha otorgado al Colegio de Abogados de Florida el deber de investigar y tomar medidas contra el ejercicio de la abogacía sin licencia. Aquí encontrará información sobre cómo protegerse contra el ejercicio de la abogacía sin licencia, cómo presentar una reclamación contra alguien que usted cree que está ejerciendo la abogacía sin licencia, e información sobre las oficinas y comités de ejercicio de la abogacía sin licencia del Colegio de Abogados.

Llame al Departamento de UPL al 850-561-5840 para obtener más información.

Comparecencia limitada en el estado de Florida: Los abogados con licencia en otro estado pueden representar a alguien en un procedimiento judicial en el estado de Florida con el permiso del tribunal y en procedimientos de arbitraje en Florida. Se deben cumplir ciertos requisitos para poder comparecer y se deben presentar copias de la moción o declaración verificada ante el Colegio de Abogados de Florida.

Opiniones consultivas formales: La norma 10-9.1 de las normas que regulan el Colegio de Abogados de Florida permite al Comité Permanente sobre el Ejercicio de la Abogacía sin Licencia emitir opiniones consultivas formales sobre actividades que pueden constituir el ejercicio de la abogacía sin licencia.

Abogados corporativos autorizados: Los abogados corporativos autorizados (AHC, en inglés) son abogados certificados por el Tribunal Supremo de Florida para prestar servicios jurídicos limitados mientras trabajan para una sociedad mercantil.

Consultor Legal Extranjero: La Regla de Consultoría Legal Extranjera del Colegio de Abogados de Florida permite a un abogado extranjero asesorar a clientes sobre las leyes del país bajo el cual el abogado está admitido a ejercer.