Consultor Legal Extranjero
El programa de práctica no-autorizada de la ley fue establecido por la Corte Suprema de la Florida para proteger al público de daños causados por individuos sin licencia para practicar derecho.
Consultor Legal Extranjero: La Regla de Consultante Legal Extranjero del Colegio de Abogados de la Florida le permite a un/a abogado/a extranjero/a proporcionar consejo legal a clientes con respecto a las leyes del país bajo el cual el/la consultor/a esté admitido a practicar.
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Introducción
Certificación de Consultores Legales Extranjeros
Practicar leyes en la Florida
Introducción
La Regla de Consultor Legal Extranjero del Colegio de Abogados de la Florida le permite a un/a abogado/a extranjero/a obtener certificación en Florida como Consultor/a Legal Extranjero/a autorizado/a para dar consejo legal a clientes con respecto a las leyes de la jurisdicción bajo la cual el/la abogado/a está admitido para la práctica de derecho. Las Reglas Regulatorias del Colegio de Abogados de la Florida: Capítulo 16 explica los requisitos para obtener la certificación.
El proceso de certificación contiene dos aplicaciones: una aplicación con el Colegio de Abogados (Parte A) y una aplicación con el Consejo Nacional de Examinadores de Abogacía (National Conference of Bar Examiners) (Parte B).
Al recibir los resultados de la revisión del Consejo Nacional del Examinadores de Abogacía (NCBE, por sus siglas en inglés), el Comité Permanente para Consultores Legales Extranjeros de la Sección de Leyes Internacionales del Colegio de Abogados revisará los documentos de la aplicación (Partes A y B) para asegurarse que estén completos y que la información sea correcta y veraz. Si la aplicación es aceptada por el comité, el comité certificará a la Corte Suprema de la Florida, a través del Colegio de Abogados, que la aplicación ha cumplido con todos los requisitos del Capítulo 16 y el solicitante debe ser certificado como Consultor/a Legal Extranjero/a bajo las Leyes Regulatorias del Colegio de Abogados. En ese momento, la Corte Suprema determinará si el/la candidata/a será certificado; si se certifica al candidato/a, la Corte Suprema notificará al Colegio de Abogados, el cual en turno notificará al candidato/a y le proporcionará los documentos apropiados para confirmar la certificación. Si el/la candidato/a no resulta certificado por la Corte Suprema, el Colegio de Abogados será notificado de esto y el Colegio le informará así al candidato/a y a la Sección de Leyes Internacionales. Este proceso es extenso y podría tomarse hasta un año.
Contacte a la Junta de Examinadores del Colegio de Abogados de la Florida (Florida Board of Bar Examiners) si usted busca admisión para practicar leyes de la Florida.
Consultor Legales Extranjeros Certificados
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Aplicaciones – Información General
Para obtener certificación como consultor/a legal extranjero/a en Florida, refiérase a las siguientes aplicaciones:
Parte A: Aplicación para Certificación en Florida
La tarifa de la aplicación para consultor legal extranjero del Colegio de Abogados de la Florida (Parte A) se ha incrementado a $750 a partir del 1º de julio de 2014.
Parte B: Aplicación del Consejo Nacional de Examinadores de Abogacía (National Conference of Bar Examiners)
También refiérase a las Reglas Regulatorias del Colegio de Abogados de la Florida: Capítulo 16, Regla de Consultor Legal Extranjero, y Capítulo 4, Reglas de Conducta Profesional.
Aplicaciones – Parte A (Colegio de Abogados de la Florida)
Favor de leer las instrucciones descritas en la Parte A antes de enviar su aplicación.
Los siguientes documentos deben ser enviados al Colegio de Abogados de la Florida – The Florida Bar, International Law Section, 651 E Jefferson Street, Tallahassee, FL 32399-2300:
- Parte A – Aplicación de la Florida (original + tres copias de la Parte A) con su debida documentación, certificados, y cartas de recomendación.
- *NUEVO* pago en la cantidad de $750 a The Florida Bar
- Parte B – Aplicación de NCBE (tres copias de la Parte B)
No habrán reembolsos de la tarifa de aplicación, por lo tanto, es la responsabilidad del candidato de asegurarse que todas las preguntas en la aplicación sean completadas correctamente, y que todos los documentos adicionales requeridos en la aplicación estén incluidos.
De acuerdo a las leyes de inmigración de los Estados Unidos, el comité de certificación del Colegio de Abogados ha determinado que una visa B-2 de no-inmigrante (viaje de placer) será prima facie insuficiente para la certificación. De manera similar, una visa B-1 (viaje de negocios) no será suficiente en la mayoría de los casos para estarse permitido trabajar como consultor/a legal extranjero/a. Candidatos con preguntas adicionales deberán obtener asesoría legal profesional sobre las leyes migratorias de los Estados Unidos.
Aplicaciones – Parte B (National Conference of Bar Examiners)
Parte B, la Aplicación del Consejo Nacional de Examinadores de Abogacía , debe ser completada en línea a través de http://www.ncbex.org/ea (en inglés), junto con el debido pago al Consejo Nacional de Examinadores de Abogacía.
- Haga clic en “Access C&F Application” en el lado derecho de la pantalla
- Si no tiene un número de cuenta existente con NCBE, haga clic en “Create an Account” y siga las instrucciones para crear una cuenta
- Después de haber registrado una cuenta con NCBE, inicie la sesión
- Si tiene un número de cuenta con NCBE, inicie la sesión con su cuenta existente – ingrese el correo electrónico y la contraseña, haga clic en “Log in“
- Haga clic en la pestaña Character and Fitness
- Si esta es su primera aplicación con NCBE, haga clic en “Create new Online Application”
- Seleccione “Florida” al desplegar el menú y haga clic en “Next Section“
- Siga las instrucciones (en inglés) para completar la aplicación
- Si tiene una aplicación previa con NCBE, verá en la pantalla una lista de sus aplicaciones previas
- Haga clic en “copy to new application“
- Selecciones “Florida” al desplegar el menú y haga clic en “Next section“
- Siga las instrucciones (en inglés) para completar la aplicación
Tres copias de la Parte B deberán ser enviadas al Colegio de Abogados junto con las aplicaciones, documentos y copias de la Parte A.
Para aplicaciones de referencias de carácter en progreso, o para aplicaciones que no han sido enviadas todavía, contacte a [email protected].
Practicar leyes de la Florida
Si usted busca ser admitido/a para practicar leyes de la Florida, usted deberá contactar a la Junta de Examinadores del Colegio de Abogados de la Florida (Florida Board of Bar Examiners). Hay dos maneras para calificar para aplicar con la Junta de Examinadores del Colegio de Abogados:
1) Graduándose de una universidad de leyes acreditada por la ABA
2) Ser miembro del colegio de abogados de otro estado en los Estados Unidos
Florida Board of Bar Examiners
1891 Eider Court
Tallahassee 32399-1750
850-487-1292